REAJUSTE IPC A SUELDO BASE
El sueldo base de los trabajadores se reajustará semestralmente según Índice de Precios al Consumidor (“IPC”) Estos reajustes se efectuarán en los meses de febrero, mayo, agosto y noviembre de cada año, esta reajustabilidad será aplicable a todas las remuneraciones variables, emolumentos fijos, ticket de colación y asignaciones no constitutivas de remuneración, de naturaleza individual o colectiva cuyo monto se encuentre pactado en pesos y/o que no tenga una forma de reajustabilidad distinta o implícita.
CHEQUE RESTAURANT (TARJETA EDENRED)
La Empresa entregará un beneficio de alimentación a todos sus trabajadores, en la forma de un Ticket o Cheque Restaurant ( Tarjeta Edenred)por un monto equivalente a $7.600 por cada día efectivamente trabajado.
INDEMNIZACIÓN POR TÉRMINO DE CONTRATO DE TRABAJO
Los trabajadores cuyo contrato de trabajo termine por la causal de “necesidades de la empresa”, tendrán derecho a recibir una indemnización por años de servicio equivalente a 30 días de la última remuneración mensual de vengada por cada año de servicio y fracción superior a 6 meses, sin aplicación del límite máximo de 330 días de remuneración previsto en el artículo163 del Código del Trabajo. Se deja expresa constancia que la indemnización convencional sí estará afecta al tope de 90UF establecido en el inciso tercero del artículo 172 del Código del Trabajo.
BONO ANTIGÜEDAD
Se paga por una sola vez y se otorgará un número de días de permiso pagado, según la siguiente Tabla
BONO VACACIONES
Este monto no podrá ser inferior a 6,5 Unidades de Fomento (“UF”) líquidas. Para tener derecho a este beneficio, el trabajador deberá hacer uso de, al menos, 10 días hábiles de feriado continuos en el año.
AGUINALDO DE FIESTAS PATRIAS
Aguinaldo de Fiestas Patrias por un monto de 4.36 UF Liquidas. El aguinaldo será pagado a más tardar el día 15 de septiembre de cada año.
AGUINALDO DE NAVIDAD
Aguinaldo de Navidad por un monto de 5,36UF líquidas. A contar del aguinaldo que deba pagarse en diciembre de 2026, el monto del aguinaldo será de 6,5UF líquidas. Mas 1UF por carga legal.
BONO Y PERMISO DE NACIMIENTO O ADOPCION 15 UF
En caso de nacimiento o adopción legal, sé pagará al trabajador con contrato indefinido, una asignación de 15UF líquidas, la cual será pagada en su equivalente en pesos considerando el valor de la UF a la fecha de pago, junto con las remuneraciones del mes en que se presente el certificado de nacimiento o sentencia judicial. Además, se otorgará un permiso con goce de remuneraciones de 4 días hábiles al padre, adicionales a los establecidos por Ley.
BONO Y PERMISO DE MATRIMONIO O ACUERDO UNIÓN CIVIL
Los trabajadores con contrato indefinido que contraigan matrimonio civil o acuerdo de unión civil, tendrán derecho a percibir una asignación por matrimonio de 15 UF líquidas,
la asignación será pagada en su equivalente en pesos considerando el valor de la UF a la fecha de pago, junto con las remuneraciones del mes en que se presente el certificado respectivo. Además, se otorga un permiso con goce de remuneraciones de 5 días hábiles, adicional a los establecidos por ley.
ASIGNACIÓN POR FALLECIMIENTO
En caso de fallecimiento del cónyuge, conviviente civil hijos, padre o madre de un trabajador con contrato indefinido, la Empresa le pagará una asignación de 15UF líquidas. La asignación será pagada en su equivalente en pesos considerando el valor de la UF a la fecha de pago, junto con las remuneraciones del mes en que se presente el certificado de defunción respective, se otorgará un permiso con goce de remuneraciones de 5 días hábiles adicionales a los establecidos por ley.
ASIGNACIÓN TELETRABAJO
Monto de $93.258.- (mil pesos), mensuales por cada día efectivamente trabajado en modalidad de teletrabajo.Cuando el trabajador no realice sus funciones en modalidad de teletrabajo, y en su lugar realice el trabajo en forma presencial, la asignación se otorgará como asignación de movilización
COMEDORES Y BICICLETEROS
La Empresa mantendrá habilitado y acondicionado un comedor al interior del edificio ubicado en Manquehue N°160, comuna de Las Condes, Santiago, para uso de todos los trabajadores de HDI.
La Empresa mantendrá estacionamientos para bicicletas o “bicicleteros” en aquellas sucursales donde presten servicios de forma
permanente, cinco o más trabajadores de HDI.
DEVOLUCIÓN DEDUCIBLE SEGURO COMPLEMENTARIO DE SALUD Y DENTAL
La Empresa se hará cargo del pago del deducible anual del seguro complementario de salud y dental, a cada trabajador afecto a este Contrato Colectivo que haya contratado el seguro. La Empresa tomará las medidas con la aseguradora respectiva, para que este pago se realice en forma directa por el empleador y no por la vía de reembolso al trabajador.
BONO TÉRMINO CONFLICTO
La Empresa otorgo a los trabajadores, por motivo de la firma del contrato colectivo, un bono por un monto fijo y líquido de $550.000
OTROS BENEFICIOS
- SALIDA ANTICIPADA A LAS 14:00 HORAS, LOS VIERNES DE CADA SEMANA.
- REGALO DE CUMPLEAÑOS.
- VALES DE GAS A PRECIOS MAS CONVENIENTES.
- ENTRADAS MAS ECONOMICAS PARA BUIN ZOO, HAPPYLAND, CINEPLANET, JUMPER PARK.
- DESCUENTOS EN MATRICULAS Y MENSUALIDAD EN UNIVERSIDADES (CONVENIO A TRAVES DE CONFEDERACION BANCARIA).
- APOYO DE DIRIGENTES EN MATERIA LABORAL PARA TODOS LOS SOCIOS.
- EQUIPO DE ABOGADOS DISPONIBLES PARA BRINDAR ASESORÍA LEGAL EN MATERIA LABORAL.
PERMISOS CON GOCE DE REMUNERACIONES
Con el objeto de que puedan disponer de tiempo para la realización de trámites personales, los trabajadores tendrán derecho a 2 días de permiso por semestre calendario (desde enero a junio y desde julio a diciembre),con goce de remuneraciones.
PERMISO POR MUDANZA
Los trabajadores tendrán derecho a 2 días de permiso por mudanza por cada año de vigencia del Contrato Colectivo, con goce de remuneraciones.
BONO INVIERNO
Bono de invierno de 2 UF líquidas. se pagará de manera conjunta con las remuneraciones del mes de junio.
PRÉSTAMO DE EMERGENCIAS
Los trabajadores podrán solicitar a la Empresa un préstamo para cubrir gastos extraordinarios o derivados de una emergencia o circunstancia imprevista. La devolución de este préstamo no estará afecto a reajustes o intereses.
SALA CUNA POR MEDIDA PREJUDICIAL
Por una medida prejudicial, donde sindicato solicito esclarecer, bono compensatorio por sala cuna, que luego se pactó en un acuerdo transaccional se logró un aumento significativo en el bono sala cuna de $250,000 a $440,000 pesos mensuales (no imponibles). la asignación de sala cuna indicada tiene por objeto cubrir los costos en que incurre la madre con derecho a este beneficio y que no puede llevar a su hijo/a a una sala cuna en convenio con HDI por razones médicas.
SEGURO DE INCENDIOS
Los trabajadores podrán acceder, sin costo, a un seguro hogar de HDI que contempla cobertura de incendio y contenido, de acuerdo con las condiciones de la póliza vigente. Se deja expresa constancia que este beneficio reemplazará en todas sus partes al “seguro hogar” incluido en el Manual de Beneficios, dado que su póliza ya no se encuentra vigente.
DERECHO A SALA CUNA A PADRES
Tendrán derecho al beneficio de sala cuna también los padres con hijos menores de hasta 2 años de edad, a contar del término del descanso post natal parental, tal como pueden utilizarlo en la actualidad las madres trabajadoras de HDI.